La jueza Laura Beatriz de Marinis, titular del juzgado penal juvenil N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, dictó un fallo de fuerte impacto institucional al declarar la inconstitucionalidad de un artículo central de la nueva ley penal juvenil (N° 27.801). La resolución se produjo en el marco de una causa contra un adolescente de 14 años, identificado como M.I.A., quien estaba imputado por una tentativa de robo ocurrida el pasado 10 de septiembre.
Un fallo contra la regresión normativa
En sus fundamentos, la magistrada sostuvo que aplicar el rigor del código penal a un menor de esa edad representa una medida regresiva para el Estado argentino. Según De Marinis, antes de la sanción de esta norma, los jóvenes en situaciones similares eran abordados por sistemas de protección integral en lugar de ser perseguidos penalmente, lo que garantizaba un enfoque centrado en la educación y la salud antes que en el castigo.
La jueza destacó que el intento de robo, realizado en grupo, no derivó en lesiones físicas ni en la pérdida de bienes para la víctima, calificando el accionar del joven como una conducta propia de la inmadurez y el desarrollo incompleto de la etapa adolescente. El fallo subraya que el ingreso al sistema penal debe ser el último recurso y critica que se responsabilice a los menores por las carencias y la falta de contención del mundo adulto.