La justicia sumó un nuevo capítulo de tensión en el debate sobre la responsabilidad penal de menores. La magistrada Laura De Marinis, a cargo del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas 3 de la Ciudad de Buenos Aires, declaró la inconstitucionalidad del nuevo régimen penal juvenil al intervenir en una causa que involucraba a un adolescente de 14 años.
Los fundamentos de la sentencia
La resolución se originó tras una denuncia por tentativa de robo en la que un hombre relató haber sido abordado por un grupo de jóvenes en la vía pública. En su sentencia, De Marinis cuestionó duramente la respuesta del mundo adulto ante las infracciones cometidas por niños y adolescentes, sosteniendo que el sistema penal debe ser siempre el último recurso y no la primera instancia de intervención estatal.
La jueza enfatizó que, ante conductas delictivas de personas por debajo de la edad mínima de punibilidad, el Estado tiene la obligación de realizar un abordaje a través de agencias diseñadas para la asistencia y el reconocimiento de derechos. Según el fallo, aplicar castigos por la falta de respuestas institucionales previas implica que los adultos se desresponsabilizan de su rol protector y de los deberes de cuidado que pesan sobre la sociedad.
Un caso sin violencia consumada
El fallo también analizó las particularidades del hecho, señalando que el robo no llegó a consumarse debido a que la víctima logró evadir a los presuntos asaltantes. La magistrada consideró que, si bien el robo es un hecho violento, en este caso concreto no se afectó la propiedad privada ni la integridad física, limitándose la situación a un episodio estresante para el denunciante que no justifica la aplicación de una norma regresiva.